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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807184
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 17

AGRARIO. CUERPO CONSULTIVO AGRARIO. NO ES AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVIII, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 9094/63. Gregorio Domínguez Aguilar. 2 de mayo de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CI, Tercera Parte, página 17, tesis de rubro "CUERPO CONSULTIVO AGRARIO. NO ES AUTORIDAD.".
Registro digital (IUS): 807184