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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807207
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 253
JEFE DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, INFORME A NOMBRE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 253
Si por acuerdo del jefe del Departamento del Distrito Federal, el informe lo produce el oficial mayor, ese informe tiene validez, debiéndose tener por cierto el acto, por estar el segundo funcionario encargado de cumplimentar las órdenes del primero; pero no puede estimarse cierta, por presunción legal, la ejecución por las demás autoridades responsables, porque ninguna disposición lo previene así.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3870/43. Carrillo G. Manuel. 4 de octubre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.