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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 740
PERMISOS DE RUTA, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA EXPEDICION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 740
Contra la autorización concedida a una línea de autotransportes de pasajeros, para que invada la ruta aprobada y autorizada para la circulación de los camiones de una cooperativa, no procede la suspensión, ya que dicha cooperativa podrá resentir perjuicios si se conceden permisos de ruta a personas distintas; pero para que la suspensión sea procedente, se necesita que no afecte al interés general, ni contravenga disposiciones de orden público, lo que sucede en la especie, pues es indiscutible que la mayor facilidad en las comunicaciones favorece el interés colectivo y, en esa virtud, no se puede impedir la expedición de esos permisos de ruta, que se acuerdan para mejorar los transportes, puesto que esto afectaría el interés general vinculado con ese mejoramiento.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 10609/42. Sociedad Cooperativa de Auto-Transportes de la República Mexicana. 12 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.