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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1159
TRABAJO, PRUEBAS EN LOS CONFLICTOS DE (EXPULSION DE TRABAJADORES DEL SINDICATO RESPECTIVO, A ESTE TOCA PROBAR SU LEGALIDAD).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1159
Si al Junta responsable expresó que al afirmar los actores el hecho negativo de que la unión a que pertenecían, no había ajustado su procedimiento a la ley para expulsarlos, le hicieron el cargo de haber procedido arbitrariamente, y que la propia unión estaba en la obligación de probar los hechos afirmativos, es decir, que había dado cumplimiento a las disposiciones de la ley, debe estimarse que el razonamiento de la Junta es legal, pues efectivamente, los trabajadores no estaban obligados a demostrar que la unión no había cumplido con las disposiciones legales que la obligan a seguir determinados procedimientos para el caso de expulsión, ya que tratándose de requisitos formales, si la ley los impone, es precisamente, para que quien deba responder de la legalidad de la sanción, justifique en cualquiera controversia, que efectivamente se llenaron tales requisitos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 761/43. Unión de Empleados de Restaurantes y Similares de Tampico y Ciudad Madero. 15 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente y ponente: Eduardo Vasconcelos.