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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807304
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1699
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 1699
La falta de probidad en el obrero, que sanciona la fracción II del artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo, no consiste en que aquél cometa un acto delictuoso, sino que se constriñe a la falta de rectitud y honestidad en el desempeño del contrato de trabajo; por tanto, debe estimarse comprobada la improbidad del obrero, si se demostró que retuvo indebidamente una cantidad de dinero y que hubo falta de rectitud en su conducta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3276/43. Zuccoli López Luis. 22 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.