Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807320
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807320
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 158

PRESCRIPCION FISCAL. NO SE INTERRUMPE CUANDO EN UN JUICIO DE AMPARO NO SE CONCEDE LA SUSPENSION.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CXX, Tercera Parte; Pág. 158

Precedentes

Volumen CXX, página 134 y Volumen CXXXII, página 141. Revisión fiscal 685/65. Ismael Vega Peláez. 18 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXX, página 134 y Volumen CXXXII, página 141. Revisión fiscal 160/66. María Teresa G. de Cervantes. 28 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CXX, página 134 y Volumen CXXXII, página 141. Revisión fiscal 245/66. Julio A. Castro. 24 de noviembre de 1966. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CXV, página 85. Revisión fiscal 360/66. Manuel Isita Rubio. 12 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CXV, página 85. Revisión fiscal 361/66. Luis R. Montes sucesión. 18 de enero de 1967. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 807320