Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807357
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807357
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1445
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1445
No puede hablarse del desistimiento de la acción del quejoso, porque haya transcurrido cierto tiempo sin que se actuara en el juicio, si aquél se limitó a anunciar a la autoridad responsable y a los terceros perjudicados, que tenían interés en el litigio, que pudiera surgir conflicto con motivo de las pretensiones de una persona, supuesto que el interés manifestado persistía en cualquier tiempo en que se hubiera planteado el conflicto, y la acción en contra del laudo reclamado surge precisamente al dictarse éste.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5696/44. Taboada Torres José y coagraviado. 24 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.