Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807383
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3599
PENA, FIJACION DE LA, CUANDO SOLO EXISTEN ATENUANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3599
Si no obstante que la responsable admite que sólo existen circunstancias atenuantes de favor del reo, no le impone el mínimo de la pena procedente, hace una inexacta aplicación de la ley, en su perjuicio, y esta circunstancia hace procedente el otorgamiento del amparo, para el sólo efecto de que se dicte nueva sentencia, asignando al quejoso la pena correspondiente.
Precedentes
Amparo penal directo 429/45. López Mata Juan. 7 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.