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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4280
PENA, FIJACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4280
En los casos en que la ley fija un mínimo y un máximo para castigar un delito, y por diversa disposición, señala una parte alícuota de tal pena, como sanción de otra modalidad del delito, el punto de partida debe ser el término medio de aquella pena, que debe formarse por la semisuma de sus extremos.
Precedentes
Amparo penal directo 9730/44. Robles Pedro. 20 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente