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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807465
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4108
TRABAJO, PRUEBA DE LA ACCION, EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4108
Si el actor presenta el contrato colectivo de trabajo celebrado con el patrono y demuestra que el mismo no se ajustó a dicho contrato, la Junta respectiva debe condenarlo al cumplimiento del contrato, pues de no hacerlo así, viola en perjuicio del sindicato quejoso las garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2662/43. Sindicato Unico de Trabajadores de Molinos de Nixtamal y Similares de Irapuato, Guanajuato. 29 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.