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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807508
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2487
PELUQUERIAS, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA NEGATIVA A OTORGAR LA LICENCIA A LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 2487
Debe confirmarse la interlocutoria que negó la suspensión, contra el acto consistente en la negativa de otorgamiento de licencia de la peluquería del quejoso, pues dado el carácter negativo del acto, resulta improcedente conceder a dicho quejoso el beneficio que solicita, de acuerdo con el criterio sustentado sobre el particular.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8141/43. Reyes Varela Enrique. 4 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Gabino Fraga. La publicación no menciona el nombre del ponente.