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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807533
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3881
TITULOS MINEROS, DEMANDA DE ENTREGA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 3881
Si se demanda de la Secretaría de la Economía Nacional la expedición de un título minero, no se trata de una controversia en que la Federación sea parte, porque en el fondo lo que se pretende, es que se produzca un acto de autoridad cuyo contenido debe normarse por los preceptos del a Ley Minera, y como lo que se pretende es que se ejercite un acto de autoridad, el caso no encaja dentro de lo prevenido por el artículo 11, fracción IV, del a Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, no siendo por lo mismo competente la Suprema Corte para resolver el asunto.
Precedentes
Juicio ordinario civil 21/42. Alvarez Antonio M. y coagraviados. 23 de febrero de 1944. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.