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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 907
TESTIGOS, SUSTITUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXVII; Pág. 907
La ley no prohibe la sustitución de un testigo por otro, sino sólo que no se admitan pruebas fuera del término legal.
Precedentes
Amparo directo 3325/54. Miguel de la C. Escamilla. 14 de marzo de 1956. Unanimidad de cinco votos, en su parte resolutiva, y por mayoría de cuatro votos, en contra del emitido por el Ministro Gabriel García Rojas, en su parte considerativa. Relator: Mariano Ramírez Vázquez.