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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807549
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4446
PATRONOS, TIEMPO PERDIDO POR CULPA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4446
Aun cuando el patrono ocupe a un trabajador en la investigación de un hecho, si está probado que dicho trabajador fue ocupado fuera de su jornada ordinaria de trabajo, no puede aplicarse en el caso la fracción XVI del artículo 111 de la Ley Federal del Trabajo, ya que la misma se refiere al tiempo que el trabajador pierda por culpa del patrono, pero dentro del señalado para el desempeño de sus labores.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7543/43. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 28 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.