Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807575
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807575
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5955
PERIODICO OFICIAL, EXPROPIACION, PUBLICACION DE LA DECLARATORIA DE, EN EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5955
La publicación de la declaratoria de expropiación en el Periódico Oficial, sólo surte efectos de notificación cuando el afectado hubiera sido llamado al procedimiento legal, y ya se ha resuelto que no basta para considerar legal la citación al procedimiento que se haga por conducto del Periódico Oficial, que las autoridades aseveren que ignoraban el domicilio del afectado, sino que es preciso que practiquen con resultados satisfactorios, las investigaciones del caso, para localizar el domicilio.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 10256/43. Campero Alberto. 22 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. La publicación no menciona el nombre del ponente.