Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807591
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807591
Tipo
Jurisprudencia
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 109

PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA, NO CONSTITUYE DELEGACION DE LA FACULTAD JURISDICCIONAL.

[J]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Tercera Parte; Pág. 109

Precedentes

Volumen CVIII, página 94. Revisión fiscal 295/63. Industria Eléctrica de México, S. A. 4 de septiembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen LXXXVIII, página 69. Revisión fiscal 195/64. The National Cash Register Company de México, S. A. 22 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen CI, página 34. Revisión fiscal 256/65. The National Cash Register Company de México, S. A. 10 de noviembre de 1965. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen CI, página 34. Revisión fiscal 423/65. The National Cash Register Company de México, S. A. 29 de noviembre de 1965. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen CV, página 57. Revisión fiscal 492/65. The National Cash Register Company de México, S. A. 30 de marzo de 1966. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Nota: Esta tesis también se publicó con el número 398, en el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo VI, Parte Primera, Segunda Sala, página 267.
Registro digital (IUS): 807591