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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807595
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6784
PROCEDIMIENTO VIOLACIONES DEL, EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6784
La resolución dictada en el incidente de nulidad promovido por una de las partes en el conflicto, es un acto ejecutado dentro del procedimiento al que sólo pueden atribuirse violaciones procesales capaces de producir indefensión y que sólo pueden ser reclamadas en amparo, juntamente con el laudo definitivo, sí así conviene a los intereses del quejoso y a la fracción V del artículo 159 de la Ley de Amparo cataloga como violaciones a las leyes del procedimiento que producen indefensión, las que resuelven ilegalmente un incidente de nulidad, por lo cual el amparo indirecto contra la resolución relativa, debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8732/43. Cardona Z. Francisco. 30 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.