Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807695
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 149
REGIDORES, AMPARO CONTRA EL CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 149
La demanda pedida contra la destitución del cargo de regidor, en cuya posición sostiene el quejoso que estaba y el cual, según el artículo 115 de la Constitución Federal, es esencialmente administrativo, aun cuando en determinados casos sus funciones sean políticas, no es notoriamente improcedente, pues deben ser puntos de estudio si puede ser privado de dicho cargo por disposición de las autoridades señaladas como responsables, y si los procedimientos empleados por éstas tienen o no apoyo legal; de donde resulta que las infracciones a las leyes relativas, pudieran constituir una violación de garantías individuales.
Precedentes
Amparo administrativo, revisión del auto que desechó la demanda 1545/45. Méndez Jesús. 7 de julio de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Nicéforo Guerrero.