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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807697
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 398
NOMBRES COMERCIALES, PUBLICACION DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXV; Pág. 398
Atenta la disposición del artículo 217 de la Ley de la Propiedad Industrial, los nombres comerciales deben ser enunciados y fijados en tal forma, que sus elementos los distingan de otros, y basta la no concurrencia de éstos, para que no pueda admitirse su publicación; por tanto, basta que el nombre que se pretenda publicar, carezca de elementos definidos, por ser una palabra genérica para que la negativa de publicación no sea violatoria de garantías, máxime que esa negativa es la apoyada por la fracción I del artículo 105 de la propia ley.
Precedentes
Amparo administrativo 8968/44. Troqueles y Esmaltes, S.A. 19 de julio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo LXXXIV, página 2485. Amparo administrativo en revisión 9159/44. Cristales Industriales, S.A. 21 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett Bautista. La publicación no menciona el nombre del ponente.