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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807704
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2657
SOCIEDADES ANONIMAS, FACULTADES DE SUS ADMINISTRADORES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2657
Conforme a los artículos 142, 145 y demás relativos de la Ley General de Sociedades Mercantiles, tanto los administradores como los gerentes de las sociedades anónimas, son simples mandatarios de ellas, para los fines netamente administrativos de la empresa, por lo que sólo pueden actuar válidamente con sujeción a los propósitos del negocio y no así cuando se trate de comprometer las finalidades mismas a que la sociedad estuviera dedicada, por lo que su conformidad con un acto de esta naturaleza, no puede tener validez alguna, para los efectos del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5287/43. Compañía Aeronáutica "Francisco Sarabia", S.A. 6 de noviembre de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.