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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807714
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 641
IMPRUDENCIA, DELITO DE, POR MANEJAR VEHICULOS SIN LICENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 641
El hecho de manejar automóviles sin tener licencia oficial para ello, constituye una notoria imprudencia y falta de cuidado, ya que la licencia concede una presunción, juris tantum, de la capacidad técnica y de los conocimientos para guiar un vehículo, por tanto, si el quejoso carece de dicha licencia y se le condena por el delito de daño en propiedad ajena, causado por imprudencia, no puede decirse que en el caso se vulneren garantías individuales en su perjuicio, tanto más, si la prueba pericial demuestra que el reo guiaba su automóvil a una velocidad no permitida por el reglamento.
Precedentes
Amparo penal directo 1262/43. González Juárez Pedro. 11 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.