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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807718
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 798
PRESCRIPCION POSITIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 798
No es preciso que en el contrato de venta que se invoque como título generador del hecho posesorio, para fundar la excepción de prescripción positiva, concurran las condiciones que debe reunir un contrato para que sea válido, ya que la existencia de un título perfecto, haría innecesario oponer la excepción del prescripción. Por tanto, si la autoridad responsable consideró idóneo el título que sirvió de base a la prescripción, y que excluye toda idea de precariedad, debe considerarse fundada su estimación relativa a que operó esa prescripción, si la posesión jamás apareció viciada por la violencia, por la clandestinidad, ni por el fraude.
Precedentes
Amparo civil directo 6460/43. León Francisco, sucesión de y coaga. 12 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.