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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807737
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1961
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL, EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1961
Los agravios relativos a violaciones de procedimiento por el Juez de Distrito, no pueden ser tomados en cuenta, si el quejoso no señala los preceptos de la ley procesal que, a su juicio, fueron violados al apreciar y valorizar la prueba, tanto más, si el inferior obró de acuerdo con la facultad de apreciación que la ley le concede.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9279/43. Sauza Eladio. 26 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.