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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807739
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2214
PERSONALIDADES DIVERSAS EN EL JUICIO COMUN
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2214
Si una persona apeló una resolución, sólo en su carácter de albacea de un intestado y no como heredera, debe estimarse que con este último carácter consintió dicha resolución, por lo que es improcedente el amparo que luego interponga como heredera.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4671/42. Azpeitia Sara. 28 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.