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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 690
COSTAS EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCV; Pág. 690
Si el demandado en un juicio ejecutivo mercantil no fue condenado por dos sentencias conformes de toda conformidad en su parte resolutivo, sin tomar en cuenta la declaración sobre costas, el tribunal de alzada, al no hacer especial condenación en ellas, hizo una correcta interpretación del artículo 1084 del Código Mercantil.
Precedentes
Amparo civil directo 3966/46. Jiménez Ponciano. 26 de enero de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.