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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807756
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 54
TRABAJADORES DEL ESTADO NO TITULADOS, QUE OCUPAN PLAZAS PARA LAS QUE SE NECESITA TITULO PROFESIONAL, CESE DE LOS (ENFERMERAS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 54
Si una trabajadora del Estado tiene nombramiento de enfermera titulada, con adscripción en los Servicios Sanitarios Coordinados de un Estado, sin tener Título de enfermera, el Tribunal de Arbitraje, con apoyo en el inciso d) de la fracción I del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, está obligado a conceder al titular, o sea al secretario de Salubridad y Asistencia Pública, autorización para dar por terminados los efectos del nombramiento expedido en favor de la referida trabajadora del Estado, sin responsabilidad para el Estado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4540/47. Secretario de Salubridad y Asistencia Pública. 1o. de octubre de 1948. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.