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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3774
POSESION DEL EXTRAÑO AL JUICIO, AFECTACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3774
Si la sentencia reclamada ordena la desocupación del predio que posee el quejoso, debe estimarse que aunque esa orden se haya dictado contra diversa persona, es indudable que se efectuará en el predio mismo, y afectará por tanto, los intereses jurídicos del agraviado, lo que trae como consecuencia la revocación del sobreseimiento dictado por el Juez de Distrito, por considerar que en el caso la sentencia reclamada no afecta los intereses jurídicos del quejoso. Ahora bien, como el quejoso no fue oído ni vencido en el juicio en que se dictó la sentencia que ordenó la desocupación del predio, probado que aquél se encuentra en posesión de dicho predio, debe serle impartida la protección constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5695/43. Alférez Santoyo Agustín. 18 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.