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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3808
PERSONALIDAD, AMPARO CONTRA INTERLOCUTORIAS DICTADAS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3808
La sentencia interlocutoria recaída en el artículo de previo y especial pronunciamiento, sobre falta de personalidad en el actor, no podrá ser objeto de estudio en la sentencia de fondo que se pronuncie en el juicio, y por lo mismo, el caso se encuentra comprendido en la fracción IX, del artículo 107 constitucional, motivo por el cual debe estimarse procedente el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 5216/44. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 19 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.