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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807784
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3895
PERSONALIDAD, COMPROBACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3895
La designación que el promovente de unas diligencias de jurisdicción voluntaria, haya hecho en favor de una persona, atribuyéndole el carácter de albacea y la representación de una sucesión, no libra a dicha persona de la obligación de comprobar su personalidad, en los términos de los artículos 95, y relativos del Código de Procedimientos Civiles, ni menoscaba la facultad impuesta a los tribunales por el artículo 47 del mismo código, de examinar la personalidad de las partes, bajo su responsabilidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8941/43. Landero José de, testamentaría de. 21 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.