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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4418
PROPIEDAD, COMPROBACION DEL DERECHO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4418
Si la parte quejosa alega que con la escritura de propiedad y el recibo del último pago del impuesto, comprobó ser la dueña, y por tanto, la poseedora de un terreno cuyo producto fue recogido; debe decirse que esos documentos adolecen del aspecto de ilegalidad e insuficiencia que expresa el fallo recurrido, porque esa escritura fue presentada en copia simple, que autoriza la misma interponente del amparo, que no tiene validez alguna en derecho, y el comprobante del pago del impuesto, tampoco puede ser demostrativo de los derechos de propiedad sobre el inmueble de que se trata, ni de posesión del mismo, ni menos aún de esos propios derechos, por lo que se refiere al producto del terreno, que es lo que se reclama en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4839/44. López Teresa V. 28 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.