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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 127
REINSTALACION E INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL, INCOMPATIBILIDAD DE LAS ACCIONES DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 127
La tesis que establece que si el trabajador fue separado de su puesto, sin causa justificada, y demanda a la vez su reinstalación o el pago de la indemnización constitucional, la Junta no puede legalmente condenar al patrono, ni a una ni a otra cosas, en virtud de que previamente no se fijó la naturaleza de la acción ejercitada, no es aplicable al caso en que el demandado no la haga valer como excepción ante la Junta, pues si se estima que las acciones antes mencionadas son contrarias y que por lo mismo no pueden hacerse valer en una misma demanda, debe invocarse el artículo 482 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1787/42. Barba Juan. 1o. de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: José M. Mendoza Pardo.