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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807900
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 293
PRESCRIPCION, EL JUEZ NO PUEDE HACERLA VALER DE OFICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 293
Si el demandado, al contestar la demanda, no opuso la excepción de prescripción negativa, para exonerarse de la obligación que el actor le exigía, el Juez no pudo hacer valer dicha prescripción, para absolverlo de algunas prestaciones que le fueron reclamadas
Precedentes
Amparo civil directo 6746/38. Montes Alberto. 6 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.