Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/807906
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807906
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 431
TABIQUE, TRASLACION DE LAS FABRICAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 431
En caso de funcionar legalmente una fábrica de tabique ligero y de granito de mármol, el hecho de ordenar que sea trasladada a otro lugar, no viola el artículo 4o. de la Constitución Federal, pues no se impide al propietario de la misma, dedicarse a su actividad.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4872/42. Fernández Martínez Rosa. 7 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.