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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
807914
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 718

AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 718

Precedentes

Amparo civil en revisión 7976/41. Ochoa de la Mora J. Encarnación. 12 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 807914