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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807989
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8115
PROFESORES, CESE DE LOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8115
Si el Ayuntamiento del Estado de Veracruz acuerda el cese de unas directoras de unas escuelas, por haber abandonado sus labores sin causa justificada, cabe decir que para que ese acto sea justificado, es necesario que se cumpla con los requisitos que señalan los artículos 227 y 253 de la Ley de Enseñanza, esto es, que se instruya el proceso respectivo, por acusación presentada previamente, que se oiga en defensa al acusado, que resulte comprobada la falta, y que la pena sea aprobada en última instancia, por el gobernador del Estado, pues sin estos requisitos, las destituciones no estarán legalmente motivadas.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 9101/41. R. viuda. de Hernández Juana y coagas. 29 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.