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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 807991
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8098
JEFE DE LA POLICIA DEL DISTRITO FEDERAL, INFORME JUSTIFICADO A NOMBRE DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 8098
El subjefe de la Policía del Distrito Federal no está capacitado para rendir el informe justificado a nombre de su superior, que lo es el jefe de ese cuerpo, por lo que habiéndolo hecho en la especie, es de considerarse omitido, y si la otra autoridad manifestó adherirse al informe que rindiera el referido jefe de la policía, es claro que también debe establecerse que no informó, y siendo aplicable el artículo 149 de la Ley de Amparo, es de concederse la protección de la Justicia Federal por falta de justificación y motivación de los actos reclamados.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 543/43. Alvarado Cervantes Jesús M. 29 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.