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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 889
POSESION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 889
Como la posesión es un hecho de tracto sucesivo, que debe comprobarse, no se está en la posibilidad de mantener jurídicamente una situación que no se ha acreditado, y si de autos aparece que la posesión que el quejoso alega tener, pasó ya a tercera persona, de concederse la suspensión se le darían efectos restitutorios, que sólo tocan a la sentencia que se dicte en cuanto al fondo del amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7811/41. Rocha Aguilar Manuel. 8 de abril de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.