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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1840
PERSONALIDAD EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1840
Si el quejoso no presentó ningún documento que justificara su personalidad ante la Junta responsable, no puede alegar en el amparo que dicha personalidad fue admitida por la autoridad; pero si por auto de la Presidencia de la Suprema Corte, se admitió la demanda de amparo, y tal auto no fue impugnado en forma alguna, la cuestión de personalidad no puede tocarse ya en la sentencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2989/43. Huerta Antonio. 16 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y ausente: Eduardo Vasconcelos.