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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
808186
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2652

COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2652

Precedentes

Competencia en materia de trabajo 1/43. Suscitada entre el Grupo Especial número nueve, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, y la Junta Especial número siete, de la Central de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 27 de julio de 1943. Unanimidad de quince votos respecto a los puntos resolutivos primero y segundo de este fallo y mayoría de ocho votos por lo que toca al tercer punto resolutivo. Disidentes: Carlos L. Angeles, José María Mendoza Pardo, Octavio Mendoza González, Gabino Fraga, Nicéforo Guerrero, Alfonso Francisco Ramírez y Salvador Urbina. En cuanto a los fundamentos, la mayoría de diez Ministros aceptó implícita o expresamente todas las consideraciones de este fallo, contra cinco votos de los ciudadanos Ministros José María Mendoza Pardo, Octavio Mendoza González, Gabino Fraga, José María Ortiz Tirado y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 808186