Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/808202
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
808202
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3552

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, NO PROCEDEN EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3552

Precedentes

Queja en materia civil 321/43. Jerónimo María Luz. 7 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ortiz Tirado.
Registro digital (IUS): 808202