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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3778
PROCESOS, APRECIACION DE PRUEBAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 3778
Aun cuando la apreciación de la prueba testimonial en un proceso, puede hacerse en la sentencia que ponga fin al mismo, esto no impide que el juzgador examine las pruebas recabadas durante la averiguación previa para estimar y valorizar los datos que se encuentren plenamente demostrados, a fin de ver si existe la comprobación del cuerpo del delito exigida por el artículo 19 constitucional, para dictar el auto de formal prisión.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3176/43. Ambrosio Antonio. 11 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.