Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/808212
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808212
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6242
RESTAURANTES, CLAUSURA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6242
Si se negó la existencia de los actos reclamados, en cuanto a la clausura del restaurante del quejoso, es claro que a éste corresponde comprobar lo contrario, a fin de que exista materia de controversia en el juicio constitucional, y no habiéndolo hecho, aunque es cierto que con su escrito de demanda acompañó la autorización concedida por las autoridades administrativas correspondientes para el funcionamiento del referido comercio, tal documento no es el adecuado para comprobar la existencia de la orden de clausura en contra del mismo, y los actos de ejecución consiguientes, pues el hecho de que un establecimiento de comercio esté funcionando con apego a la ley, es totalmente ajeno a la existencia de una orden de clausura, que ha sido expresamente negada por la autoridad a quien se le atribuye.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4975/43. Rosales Mario. 8 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Relator: Gabino Fraga.