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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808214
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4216
PROPIEDADES INAFECTABLES, DESPOSEIMIENTO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4216
El desposeimiento de tierras que reclaman los quejosos, es inconstitucional, si las autoridades agrarias inferiores, desatienden órdenes expresas de la autoridad suprema agraria, sin fundar ni motivar sus actos, por tratarse de tierras que les fueron devueltas; pues las autoridades no tienen facultades para ocasionar molestias a los particulares sin que funden y motiven legalmente su procedimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1410/41. Ochoa Pérez Delfina y coagraviadas. 16 de agosto de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.