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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5268
ENFERMEDADES PROFESIONALES, PRUEBA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5268
El hecho de que el trabajador reclamante, al absolver posiciones, haya declarado que cuando dejó de prestar sus servicios a la empresa demandada, ya se sentía enfermo de los pulmones, no es base para tener por comprobado que dicho trabajador sabía que se encontraba enfermo de silicosis, pues para determinar la naturaleza de esa enfermedad, es necesario que exista un dictamen médico, rendido al respecto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1138/43. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 27 de agosto de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.