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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808295
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5669
PENAS, INDIVIDUALIZACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5669
Si el Juez del proceso tuvo en cuenta el contenido de los artículos 51 y 52 del Código Penal del Distrito, al imponer la pena al procesado, por este concepto procede concederle el amparo, para que la autoridad responsable dicte nueva sentencia, en la que razone debidamente, en uso del arbitrio judicial, al tenor de los citados artículos.
Precedentes
Amparo penal directo 5649/42. Cano Zenteno Rodolfo. 8 de mayo de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.