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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808305
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5915
TRABAJADORES, DESCUENTOS DE LOS SUELDOS DE LOS, POR CANTIDADES PERCIBIDAS INDEBIDAMENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5915
Tratándose de abonos parciales, que se descuentan de los sueldos de los trabajadores, en calidad de devolución de cantidades de dinero, que por exceso de ejecución de un laudo indebidamente obtengan descuentos que sean semanarios, no se infringe el artículo 34 de la Ley Federal del Trabajo, por no tratarse de adeudos que los trabajadores hubieran contraído con el patrono, mediante el consentimiento de éste.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3500/42. Rivera González Luis. 9 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.