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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6089
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6089
Si la prueba testimonial presentada por el patrono demandado, demuestra que las causas que tuvo para separar a un obrero, fueron que robada la materia prima, la Junta debe absolver al demandado, y al no hacerlo así, viola en su perjuicio el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, y por ende, las garantías individuales.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8358/42. Neme Abraham. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.