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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6113
TERCEROS EXTRAÑOS A LOS CONFLICTOS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 6113
Si cuando el quejoso se presentó ante la Junta respectiva, pidiendo la nulidad de lo actuado en la reclamación, por no haber sido citado debidamente, sólo estaba pendiente de dictarse la resolución que pusiera fin al conflicto, pues ya había tenido lugar la audiencia de pruebas, en tales condiciones, aunque el quejoso concurrió al juicio, debe ser considerado como extraño al mismo, ya que sólo faltaba el fallo correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3540/41. Cásares José R. 10 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.