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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808321
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4848
PERMISOS DE RUTA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4848
Los Ayuntamientos no pueden restringir la libertad de industria en perjuicio de nadie, por no tener facultades para ello; por tanto, si se niegan a otorgar un permiso de ruta fundándose en la costumbre que se ha adoptado, dentro de lo factible, mientras se expide la reglamentación relativa, incuestionablemente sus actos no están ajustados a la ley; por otra parte, ninguna disposición legal prohíbe el otorgamiento de permisos de ruta que interfieran líneas de servicios establecidos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2312/43. Bon Bustamante Benjamín. 16 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Relator: Gabino Fraga