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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 808363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7594
TRABAJO, NOTIFICACIONES PERSONALES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7594
El proveído que declara fincado el remate en favor del actor y otorga la escritura correspondiente, no tiene que ser notificado personalmente, puesto que los únicas notificaciones personales en el procedimiento de trabajo, son las a que se refieren los artículos 444 y 445 de la ley respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8530/42. Dzul Canul Guadalupe y coag. 24 de marzo de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.